Un tribunal de Neuquén tomó una decisión que ha generado controversia al absolver a un hombre acusado de abusar sexualmente de su hija, quien padece una discapacidad. La presunta víctima, de 50 años, fue diagnosticada con un grave retraso madurativo, lo que complicó el proceso judicial. La sentencia fue firmada por la jueza Mónica Sauli y los jueces Rodrigo Lupica Cristo y Carolina Piana, quienes concluyeron que la Fiscalía no pudo probar los hechos.
Falta de pruebas concretas
La defensa del acusado, identificado como M. H. A. S., argumentó que no existían suficientes evidencias para sostener la acusación de abuso sexual con acceso carnal agravado. Según el fallo, la Fiscalía no cumplió con los estándares constitucionales de certeza, lo que impidió que se dictara una condena penal. El tribunal destacó que no se presentó la declaración directa de la presunta víctima, lo cual limitó la credibilidad del caso.
La defensora pública, Ivana Dal Bianco, intentó respaldar los cargos con relatos fragmentados de terceros, pero estos no fueron suficientes. La mujer había brindado una entrevista en Cámara Gesell, pero, según el tribunal, la intervención de un familiar durante la declaración comprometió la fidelidad del relato, lo que generó dudas sobre su veracidad.
Contradicciones y presunción de inocencia
Los jueces señalaron que las manifestaciones de la mujer se limitaron a expresiones aisladas y gestos ambiguos, sin detalles precisos sobre el tiempo, lugar o circunstancias de los presuntos abusos. La ausencia de un relato originario impidió reconstruir un hecho delictivo concreto, un factor crucial en el proceso penal.
En cuanto a la evidencia médica, los informes mostraron un desgarro antiguo del himen y una infección vaginal por tricomonas vaginalis. Sin embargo, los peritos admitieron la posibilidad de causas no sexuales para estas condiciones, lo que la defensa utilizó para cuestionar la relación entre los hallazgos y la acusación.
El juez Lupica Cristo reiteró la importancia de la presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae exclusivamente en la Fiscalía. En su voto, expresó que “no corresponde afirmar que los hechos no hayan ocurrido, sino reconocer que, de acuerdo con la prueba producida, no han sido acreditados con la certeza exigida para condenar”.
La acusación estuvo a cargo de la fiscal Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, quienes argumentaron que los abusos se habrían repetido entre 2021 y junio de 2022, en una vivienda de la capital provincial. A lo largo del proceso, surgieron contradicciones entre familiares sobre la identidad del supuesto autor, lo que debilitó la hipótesis de la Fiscalía.
