La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) ha declarado que los taxis por aplicación, como Uber y Didi, no podrán ofrecer sus servicios en los aeropuertos de México, a pesar de un fallo judicial reciente. Este anuncio se realizó el jueves y aclara que, aunque la jueza Blanca Lilia Ochoa del Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México emitió una suspensión a favor de Uber, dicha medida tiene limitaciones específicas.
La SICT enfatizó que los taxis de servicio privado carecen de la autorización necesaria para operar en las terminales aéreas del país. Por lo tanto, los viajeros deberán continuar utilizando únicamente los taxis autorizados, los transportes turísticos y los autobuses que cuentan con permiso formal para operar en estos lugares.
Este pronunciamiento se produce tras la resolución judicial del 27 de octubre, cuando la jueza Ochoa concedió una suspensión definitiva a Uber. Esta decisión se tomó después de que la empresa presentara un recurso contra los operativos que llevaron a la detención de sus conductores por parte de la Guardia Nacional, en respuesta a denuncias sobre la naturaleza discriminatoria de dichas acciones.
La jueza ordenó que los operativos se realicen de acuerdo con la normativa vigente, evitando actos arbitrarios contra los conductores de taxis por aplicación mientras el juicio principal sigue su curso. A pesar de la suspensión, la SICT aclaró que esto no valida la operación de taxis por aplicación en los aeropuertos.
En consecuencia, Uber ha solicitado al Congreso de la Unión que se establezca un marco regulatorio claro que permita a estas plataformas digitales operar de forma legal en los aeropuertos mexicanos.


































































 
					 
								
				
				
			 
							 
							 
							 
							 
							 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				 
				