En un reciente debate sobre la reforma a la Ley de Amparo, el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral Jurado, destacó las preocupaciones de expertos y representantes legales acerca de los posibles retrocesos en la protección de los derechos humanos. Las comisiones de Justicia, Hacienda y Crédito Público, así como Estudios Legislativos, se han comprometido a analizar a fondo los aspectos positivos y negativos de esta reforma.
Durante las Audiencias Públicas del 30 de septiembre, Alejandro Gutiérrez Muñoz, abogado litigante, advirtió que la propuesta limita los derechos de impugnación a través de la vía del recurso de revocación y el juicio contencioso administrativo federal en el procedimiento administrativo de ejecución. Además, Lidia Monsalvo Álvarez, presidenta de la Comisión de Integridad y Cumplimiento del Consejo Coordinador Empresarial, hizo un llamado para que la reforma respete la protección de los derechos humanos.
Por su parte, Cristina Vizcaíno Díaz, presidenta de la Orden Mexicana del Colegio de la Abogacía, consideró inaceptable la ampliación de la demanda en amparo directo. En la misma línea, la magistrada del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Natalia Téllez Torres Orozco, advirtió que las multas impuestas podrían ser pagadas con recursos públicos en lugar de recaer sobre los funcionarios responsables.
La magistrada de Circuito y presidenta de la Asociación Mexicana de Juzgadoras, María Emilia Molina de la Puente, junto con el abogado Arturo Gregorio Peña Oropeza, también expresaron sus inquietudes sobre el interés legítimo y el acceso de colectivos al amparo. Ante estas objeciones, Corral Jurado enfatizó que las opiniones recogidas servirán para generar propuestas que enriquezcan el dictamen.
El presidente de la Comisión de Justicia anticipó que la iniciativa no será aprobada en los términos en que fue presentada. “No está en el ánimo de la presidenta Claudia Sheinbaum limitar derechos colectivos. Lo que sí requerimos es definir este interés legítimo y expandirlo, no restringirlo”, afirmó.
El contexto de esta reforma incluye varias disposiciones, como la obligación de los jueces de dictar sentencia en un plazo máximo de 60 días tras la audiencia constitucional, y la posibilidad de que las autoridades no cumplan con una sentencia si demuestran que es imposible hacerlo por razones jurídicas y materiales. Asimismo, se establece cómo debe demostrarse el interés jurídico de quien solicita protección ante un acto de autoridad.
La exposición de motivos de la reforma menciona que uno de sus principales objetivos es agilizar los procesos judiciales y reducir la impunidad, fortaleciendo así las instituciones de justicia y aumentando la confianza ciudadana en el acceso y la impartición de justicia.
Este esfuerzo se alinea con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, que identifica la necesidad de impulsar reformas en el juicio de amparo, buscando fortalecer este recurso como un medio efectivo para la defensa de los derechos humanos y el control legal y constitucional.