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No se acepta DNI digital para votar en Buenos Aires hoy

Es fundamental que el documento presentado coincida con el padrón oficial.

ACTUALIZACIÓN URGENTE: En el marco de la jornada electoral del 7 de septiembre, la provincia de Buenos Aires se encuentra en plena votación para elegir diputados y senadores provinciales, generando confusión entre los votantes respecto a la documentación necesaria para sufragar.

Las autoridades han confirmado que el DNI digital no es aceptado para votar, lo que ha dejado a miles de bonaerenses con dudas sobre su capacidad de participar en las elecciones. Según el Código Electoral Provincial, solo se admite la presentación de documentos físicos, como el DNI en formato tarjeta o libreta, lo que limita a quienes intentan utilizar la app Mi Argentina.

Este rechazo se extiende a otros formatos no físicos, como fotocopias o pasaportes, lo que significa que cualquier votante que no presente el DNI físico correspondiente a los datos en el padrón electoral no podrá sufragar.

Los requisitos para votar son claros: deben ser ciudadanos argentinos nativos, por opción o naturalizados, que hayan cumplido 16 años hasta hoy y que tengan su domicilio registrado en la provincia. Para los extranjeros residentes, es imprescindible estar inscritos previamente en el Padrón de Extranjeros de la Junta Electoral.

Los documentos válidos para ingresar a las mesas de votación son: el DNI en su versión libreta verde o celeste, la tarjeta del nuevo DNI, la libreta de enrolamiento, y la libreta cívica; incluso los DNI que indiquen “no válido para votar” son aceptados. Es fundamental que el documento presentado coincida con el padrón oficial.

La normativa también establece que el voto es obligatorio para todos los electores de entre 18 y 70 años, quienes pueden enfrentarse a sanciones de entre 1,000 y 2,000 pesos si no justifican su ausencia. Por el contrario, el voto es voluntario para quienes tienen 16 y 17 años y para mayores de 70.

Existen situaciones que justifican la no concurrencia a votar, como estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación, enfermedad o desempeñar funciones electorales en otra mesa. Aquellos que no puedan presentarse deben presentar la justificación ante la Justicia Electoral hasta 60 días después de las elecciones.

Con la expectativa de que los votantes cumplan con los requisitos establecidos, las autoridades electorales advierten que las verificaciones en las mesas serán rigurosas para garantizar la transparencia y legalidad del proceso.

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Los ciudadanos deben estar atentos a estos detalles para evitar contratiempos al momento de ejercer su derecho al voto en este crucial día electoral.

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