El retiro extraordinario de fondos del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) se ha vuelto una realidad tras la promulgación de una nueva ley el 20 de septiembre. Esta normativa permite a todos los afiliados solicitar el retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT) de sus cuentas individuales de capitalización.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la responsable de establecer el procedimiento operativo para llevar a cabo este retiro. Según la ley, la SBS tiene un plazo máximo de treinta días calendario desde la entrada en vigor de la norma para definir los detalles del proceso.
Los afiliados deberán presentar su solicitud ante la administradora de fondos correspondiente, lo que se podrá hacer de manera virtual o presencial dentro de los noventa días calendario siguientes a la publicación del reglamento que emita la SBS. El primer desembolso se realizará en un plazo de treinta días después de presentada la solicitud, y se entregará en armadas mensuales, con un máximo de una UIT por abono.
Si un afiliado decide interrumpir el retiro antes de alcanzar el monto total permitido, podrá solicitarlo a la AFP, pero deberá hacerlo con al menos diez días de antelación al siguiente desembolso programado. Esta medida, que no presenta excepciones, responde a la situación económica actual y fue aprobada rápidamente por el Congreso de la República.
La fecha límite para la publicación del reglamento por parte de la SBS es el 20 de octubre. Una vez que se emita este reglamento, se abrirá el plazo para que los afiliados realicen sus solicitudes de retiro, comenzando así un proceso que permitirá a muchos acceder a fondos necesarios en este contexto económico.