La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el procesamiento de Alberto González Amador, quien es pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Este procesamiento se debe a presuntos delitos de fraude fiscal y falsificación documental ocurridos durante 2020 y 2021, según ha informado Infobae España.
Durante esos años, en plena pandemia, González Amador habría inflado gastos mediante el uso de facturas falsas a través de su consultora Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos, con el fin de reducir su carga tributaria. La investigación, que comenzó en 2022, sostiene que el empresario defraudó más de 300.000 euros.
El tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por González Amador y su empresa, confirmando así el auto de procedimiento abreviado que se emitió en mayo por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid. La defensa había argumentado que la fase de instrucción se realizó sin permitir la práctica de varias diligencias solicitadas, lo que, según ellos, habría vulnerado derechos fundamentales garantizados por el artículo 24 de la Constitución Española.
No obstante, la Audiencia Provincial rechazó estos argumentos, señalando que ya había un auto previo que denegaba las diligencias solicitadas. Entre las pruebas que no se admitieron estaban las declaraciones de testigos y la ratificación de un informe tributario que fue presentado fuera de plazo. Los magistrados consideraron que tales pruebas “no resultan estrictamente necesarias ni útiles para esclarecer los hechos objeto de investigación”.
En relación a la situación procesal de González Amador, se destacó que en febrero optó por no declarar. Aunque había expresado su intención de hacerlo una vez resuelto un recurso vinculado a otra parte del caso, finalmente no solicitó declarar en la causa principal. Así, la Sala concluye que la fase de instrucción ha llegado a su fin y no se reabrirá ni prolongará con nuevas pruebas.
La resolución final desestima el recurso de apelación y confirma el auto de procedimiento abreviado, indicando que la fase de instrucción ha sido correctamente concluida. “En base a lo expuesto, procede desestimar el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de Procedimiento Abreviado”, concluye el auto.
Con información de Europa Press. Noticia en ampliación.































































