El Ministerio de la Producción de Perú (PRODUCE) ha fijado un nuevo límite de captura para la pesca de merluza que regirá entre julio de 2025 y junio de 2026, estableciendo una cuota total de 20,364 toneladas. Esta decisión responde a recientes evaluaciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y fue oficializada mediante la Resolución Ministerial No 00290-2025-PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de agosto de 2025 en Lima.
Detalles del nuevo límite de captura
El análisis técnico de IMARPE indica que la cuota fue determinada utilizando modelos de proyección de poblaciones y registros actualizados de la especie Merluccius gayi peruanus. El informe establece que la tasa de explotación recomendada de 0.18 es suficiente para mantener la viabilidad de la biomasa y evitar riesgos ecológicos. “Dicho nivel de extracción no comprometería la sostenibilidad del recurso”, señala el documento.
La nueva regulación delimita el área marina de explotación desde el extremo norte del dominio marítimo peruano hasta los 07°00’ Latitud Sur, área reconocida por su importancia para la pesca de merluza. El límite inicial de captura para julio y agosto de 2025 había sido fijado en 10,000 toneladas, cifra que ahora se amplía en respuesta a las recomendaciones técnicas revisadas por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio.
Cuotas individuales y control de pesca
La Dirección General de Pesca será responsable de asignar cuotas individuales por embarcación, publicando los límites de captura por embarcación (LMCE) en su portal institucional. Las autoridades han enfatizado la necesidad de cumplir con el tope máximo establecido, con el objetivo de asegurar la sostenibilidad pesquera y la gestión responsable del ecosistema, según los reportes oficiales de El Peruano.
En un movimiento paralelo, el PRODUCE ha ajustado los requisitos para la comunicación y seguimiento satelital de capturas en la flota pesquera menor. La Resolución Ministerial No 00291-2025-PRODUCE modifica la exigencia de sistemas satelitales para una franja específica de la flota artesanal, extendiendo exenciones a embarcaciones de hasta 10 metros cúbicos de capacidad de bodega, que quedarán exentas de instalar el sistema satelital SISESAT si extraen un máximo de 5 toneladas por faena, con una tolerancia de 0.5 toneladas.
Antes de esta modificación, el límite era de 1 tonelada, lo que ha sido ampliado ante las solicitudes de los gremios y recomendaciones técnicas del sector. Según el PRODUCE, esta medida busca equilibrar el registro de datos pesqueros con una carga regulatoria razonable para los armadores de menor escala.
El ministro de la Producción, Sergio González Guerrero, subrayó que el control de tallas mínimas de captura y la declaración oportuna de las zonas de pesca siguen siendo exigencias vigentes bajo la Ley General de Pesca, manteniéndose las sanciones administrativas ante incumplimientos por parte de la autoridad sectorial.