Cuando una persona fallece, los recursos acumulados en su cuenta Afore no se pierden ni regresan al Estado, sino que pueden ser reclamados por sus beneficiarios. Estos fondos incluyen ahorro para el retiro, aportaciones voluntarias, recursos de vivienda no utilizados y saldos del SAR 92. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) establece que la administradora debe resolver el trámite en un plazo máximo de 20 días hábiles una vez que se presente la documentación completa.
La Ley del Seguro Social identifica a dos tipos de beneficiarios: legales y designados. Entre los legales se encuentran el cónyuge o concubina(o), hijos menores de 16 años o hasta 25 si estudian o están imposibilitados para mantenerse, y los padres que dependían económicamente del titular y vivían con él. Los beneficiarios designados son personas registradas directamente por el titular, sin necesidad de parentesco, con la condición de que puedan cobrar solo si no hay beneficiarios legales. En ausencia de ambos, los familiares deben recurrir a una resolución judicial para acceder a los fondos.
Para iniciar el cobro, se debe identificar la administradora donde estuvo registrada la cuenta, lo cual puede hacerse con la CURP o el Número de Seguridad Social del fallecido a través del SARTEL. Además, es indispensable presentar el acta de defunción, una identificación oficial y documentos que acrediten la relación con el titular o la designación como beneficiario.
El debate actual se centra en si estos recursos deben pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR) al ser entregados a los beneficiarios. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estudia una contradicción de criterios entre dos tribunales colegiados. Uno de ellos considera los recursos como ingresos gravables, mientras que el otro los equipara a una herencia, que la Ley del ISR exonera de impuestos en su artículo 93.
La mayoría de los ministros que participaron en la discusión coincidieron en que estos fondos constituyen un patrimonio generado por el trabajador durante toda su vida laboral y cuya función es proteger económicamente a sus beneficiarios, por lo que rechazaron gravarlos con ISR. El proyecto original fue retirado para preparar uno nuevo que incorpore estos argumentos, por lo que la resolución definitiva aún está pendiente.
En el debate, la ministra Lenia Batres Guadarrama sostuvo que las herencias, legados y recursos de Afore deberían estar sujetos al ISR, argumentando que este patrimonio no proviene directamente del trabajo. Por su parte, la Jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum rechazó esta postura, defendiendo la exención de estos recursos como parte de la protección social a las familias.

