La Corte Internacional de Justicia (CIJ) confirmó que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) protege de manera explícita el derecho de los trabajadores a realizar huelgas. Este pronunciamiento refuerza la importancia de la libertad sindical como un pilar en la protección de los derechos laborales internacionales.

El Convenio 87 es un tratado internacional que garantiza la libertad sindical y el derecho de los trabajadores a organizarse sin interferencias externas. Aunque el derecho de huelga no está mencionado de forma textual en dicho convenio, la CIJ interpretó que resulta inherente a la libertad sindical, reafirmando su carácter esencial para la defensa de los derechos colectivos.

Este fallo tiene un impacto significativo en la jurisprudencia laboral internacional, ya que establece un criterio jurídico claro que puede influir en decisiones nacionales y en las políticas de empleo de los estados parte en el convenio. La decisión también fortalece la posición de los sindicatos y organizaciones laborales frente a intentos de restringir o limitar el ejercicio de la huelga.

El reconocimiento del derecho de huelga como parte integral del Convenio 87 destaca el compromiso de la comunidad internacional con la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores y con la promoción de condiciones laborales justas y democráticas.