El Congreso de Michoacán decidió incorporar una nueva causal para declarar la nulidad de elecciones en caso de que se acrediten actos de intervención extranjera que afecten los resultados electorales. Con esta medida, se busca blindar los procesos democráticos locales frente a influencias externas que puedan comprometer su legitimidad.

La reforma consiste en añadir un inciso al artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en la Base VI, para establecer que la injerencia extranjera será motivo suficiente para anular una elección. Esta ampliación legal representa un paso significativo en la protección de la soberanía electoral.

Además, el decreto indica que tanto el Congreso de la Unión como las legislaturas estatales deberán adecuar sus marcos normativos locales antes del 5 de junio de 2026, con el fin de armonizarlos a esta nueva disposición. Esta tarea contempla la revisión y ajuste de las reglas tanto por parte del Instituto Nacional Electoral (INE) como de los organismos electorales locales y tribunales electorales federales y estatales, para garantizar que la normativa se implemente de manera efectiva.

Este avance legislativo fue informado por Baltazar Gaona García, Presidente de la Mesa Directiva del Congreso michoacano, quien explicó que la minuta fue remitida desde el Senado de la República y ya cuenta con el respaldo necesario para empezar a operar en la protección de los comicios.

Con esta reforma se busca establecer un mecanismo claro para identificar y sancionar cualquier forma de intromisión extranjera en las elecciones, fortaleciendo la integridad del sistema democrático y asegurando que los resultados representen fielmente la voluntad de la ciudadanía.