El Congreso de Michoacán aprobó modificaciones a la Ley para la Atención y Protección de los Migrantes y sus Familias, con el objetivo de robustecer la protección y el tratamiento de la información contenida en el Banco de Datos de Migrantes del estado. Estas reformas establecen criterios claros para la integración, administración y resguardo de datos personales, asegurando que se cumpla con las normas aplicables en materia de transparencia y protección de datos.

Entre los cambios destaca la incorporación de dos nuevos párrafos al artículo 25, que regulan el acceso, actualización, transferencia y tratamiento de información, exigiendo que todas estas acciones se realicen conforme a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de Michoacán. Esto implica que solo el titular o su representante podrán ejercer derechos como el acceso, rectificación, cancelación u oposición sobre sus datos.

Además, el artículo 26 fue reformado para definir que cualquier intercambio de información entre dependencias federales, estatales y municipales debe respetar los mismos principios legales en materia de transparencia y confidencialidad. La ley aclara que los datos personales contenidos en el banco son confidenciales, mientras que únicamente se podrán hacer públicos datos estadísticos, oficiales o académicos que sirvan para mediciones o evaluaciones, siempre bajo los límites legales vigentes.