En México, miles de trabajadores esperan recibir cada año un pago adicional conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), una prestación obligatoria que corresponde al 10% de las ganancias netas de las empresas. Este pago se basa en el ejercicio fiscal del año anterior y está regulado por el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo.
No obstante, no todas las empresas cumplen con esta obligación o pueden surgir dudas sobre la procedencia del pago. Para tener derecho a las utilidades, la persona debe haber laborado al menos 60 días en el año fiscal correspondiente, incluso si ya no trabaja para la empresa, ya que puede reclamar la parte proporcional que le corresponda.
Es importante saber que existen excepciones: las personas con cargos directivos como directores o gerentes generales, socios o accionistas, trabajadores domésticos y quienes laboran bajo contratos por honorarios sin relación laboral subordinada no reciben utilidades. Además, ciertas empresas están exentas, como las de nueva creación durante su primer año o las instituciones sin fines de lucro.
Si no recibiste tu PTU y crees que te corresponde, el primer paso es confirmar si la empresa tuvo utilidades en el periodo fiscal anterior. Puedes solicitar esta información al área de recursos humanos o revisar los datos publicados por la empresa. En caso de dudas, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece asesoría gratuita para orientar a los trabajadores sobre sus derechos y procedimientos.
Para exigir el pago, se puede presentar una queja formal ante las autoridades laborales o acudir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para iniciar un proceso conciliatorio con la empresa. Si no se logra un acuerdo, el caso puede escalar a instancias judiciales. Es fundamental actuar dentro del plazo legal, que es de un año contado desde el día siguiente en que debió entregarse la PTU.

