Un abogado identificado como Édgar Francisco, acusado de defraudar a cientos de personas con la supuesta venta de viviendas a bajo costo, recibió una condena que supera los mil años de prisión, la más alta impuesta en Guanajuato hasta la fecha. A pesar de que la legislación estatal limita la pena máxima a 80 años, las sentencias acumuladas suman 1,018 años y cuatro meses por el delito de fraude.
El caso involucra a 107 familias de León, a las que este abogado, a través del despacho Punto Legal, les prometió viviendas que nunca entregó. Para ello, citaba a las víctimas en su oficina y solicitaba abonos, aprovechándose de la confianza y la necesidad de quienes buscaban un hogar. La Fiscalía General del Estado de Guanajuato (FGEG) destacó que, además de la condena penal, el sentenciado deberá cubrir una reparación económica que asciende a casi 30 millones de pesos por el daño material, más alrededor de 3.2 millones por daño moral y otros 148 mil por perjuicios.
Las investigaciones realizadas por la Unidad Especializada en Delitos Patrimoniales evidenciaron que Édgar Francisco recurrió a múltiples engaños para sustentar su esquema fraudulento. Entre ellos, ofrecía propiedades que aseguraba eran remates bancarios o inmuebles libres de problemas legales, cuando en realidad no tenía ninguna facultad sobre esos bienes ni existían las casas que prometía. Este patrón sistemático causó un daño grave a las víctimas, afectando no solo sus finanzas sino también su estabilidad emocional.
La Fiscalía explicó que el valor real de este fallo es que se protege integralmente a las familias afectadas, obligando al acusado a devolver el dinero que obtuvo ilícitamente. El proceso judicial se basó en un sólido conjunto de pruebas, incluyendo testimonios y evidencias científicas, que demostraron el impacto directo del fraude en la vida de las víctimas. La condena conjunta fue fruto de dos sentencias separadas que sumaron más de mil años de prisión.
Este caso supera cualquier precedente en el estado, donde nunca antes se había impuesto una pena de tal magnitud. La resolución sienta un precedente en materia de justicia patrimonial, al enfatizar que, aunque la cárcel tiene un tope legal, la restitución económica y la reparación integral a los afectados son igualmente prioritarias.

