Un tribunal federal suspendió de forma provisional la exigencia legal que obliga a Google a otorgar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso permanente y en tiempo real a datos fiscales de usuarios que emplean sus plataformas digitales. La medida fue dictada a partir de un amparo presentado por Google LLC y Google Asia Pacific LTD, que cuestionan la constitucionalidad del artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación.
Este artículo, vigente desde enero y parte del Paquete Económico de 2026, establece que plataformas de servicios digitales como YouTube y Google Store deben facilitar al SAT una base de datos con información suficiente para verificar el cumplimiento fiscal de sus usuarios. Sin embargo, mientras la justicia decide su validez, la suspensión mantiene el statu quo, evitando que la compañía proporcione la información en tiempo real pero sin impedir que la autoridad pueda ejercer otros mecanismos de fiscalización.
Google entregó previamente al SAT un manual con las especificaciones técnicas para acceder a los datos generados en México, que incluyen cada transacción desde el 28 de abril, y deben conservarse hasta por cinco años. En la reciente votación del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, se confirmó la suspensión provisional en un fallo dividido. El Tribunal señaló que la medida no afecta el interés público ni el orden social, ya que la autoridad fiscal mantiene sus facultades de comprobación y verificación mediante otros métodos.
Por su parte, una magistrada en disenso alertó que la suspensión se basa en un error al considerar que el acceso en tiempo real busca vigilar a Google, cuando en realidad tiene como objetivo supervisar a los contribuyentes que utilizan sus servicios para realizar transacciones en línea.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público defendió la creación del artículo 30-B, argumentando que la obligación no implica un acto de fiscalización directo ni una intrusión al domicilio de los prestadores de servicios digitales, sino que pretende fortalecer el control y la eficiencia de la autoridad fiscal frente a empresas que operan en México sin establecerse físicamente y que deben registrarse ante el SAT y retener el IVA correspondiente a sus clientes.

