Las instituciones financieras no operarán el 1 de mayo de 2026. Así lo confirmó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que publicó el calendario oficial de días inhábiles para el sector bancario este año. La medida se basa en disposiciones divulgadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 2025.
El cierre abarca no solo a los bancos tradicionales, sino a un extenso listado de entidades supervisadas por la CNBV. Instituciones de crédito, casas de bolsa, bolsas de valores, fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo e instituciones de tecnología financiera deberán suspender operaciones ese día.
El calendario de 2026 marca otros días inhábiles para el sector financiero. Además del 1 de mayo, los bancos cerrarán el 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 2 y 3 de abril; el 16 de septiembre; el 2 de noviembre y el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; y el 12 y 25 de diciembre. También permanecerán cerrados los sábados y domingos.
Una excepción existe para los almacenes generales de depósito y las casas de cambio, que podrán operar durante todos los días del año 2026, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas.

