El sistema estatal de atención a víctimas en Michoacán opera sin un órgano interno que vigile a sus funcionarios ni el manejo de fondos. Esta brecha institucional es el punto de partida de una reforma que el Congreso local ya tiene en análisis y que busca fortalecer los controles sobre la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, responsable de canalizar apoyos, asesoría y reparación del daño en un contexto de violencia persistente.

La iniciativa, presentada por el diputado Reyes Galindo Pedraza, plantea como medida central la creación de un órgano de control interno con facultades para recibir quejas, investigar irregularidades y sancionar a servidores públicos. Actualmente, la comisión carece de una instancia que vigile su operación cotidiana, pese a manejar recursos públicos en una entidad donde la demanda de servicios es constante.

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Además del control, la reforma también incluye ajustes en el financiamiento. Se propone que el Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral deje de depender únicamente del presupuesto ordinario e incorpore nuevas fuentes de ingresos: recursos provenientes de bienes decomisados en procesos penales y una porción de los ingresos por derechos vehiculares. El fondo es estructural en el sistema, ya que de él dependen los apoyos económicos y las medidas de reparación a víctimas, pero su capacidad actual resulta limitada frente a la magnitud de la demanda.

La iniciativa también contempla simplificar el acceso a estos apoyos. Se busca que hechos de violencia ampliamente conocidos no requieran ser acreditados nuevamente por las víctimas, lo que reduciría tiempos y cargas administrativas innecesarias. El planteamiento fue turnado a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, donde se definirá su viabilidad en medio de un rezago legislativo reconocido por el propio Congreso.

El debate que subyace es institucional. Mientras el número de víctimas crece, la pregunta ya no se limita a cuánto presupuesto se destina a su atención, sino quién supervisa que esos recursos se ejerzan con regularidad y si el Estado tiene capacidad real para garantizar la reparación del daño más allá de la normativa.