La Jueza Gladys Salas Parras, titular del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en Ciudad Victoria, Tamaulipas, emitió la sentencia 79/2025 ordenando que la Afore Banamex devuelva el saldo acumulado en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez y Cuota Social a una persona que fue rechazada para acceder a una pensión.

El pronunciamiento judicial determina que, al demandante le fue negada la pensión conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social vigente. Dado que no cumplió los requisitos para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le otorgara la prestación, el tribunal consideró que tiene derecho a la devolución de los recursos de su cuenta individual, ya que éstos no están destinados a financiar una pensión que nunca se materializó.

La jueza fundamentó su decisión en que el demandante acreditó plenamente los requisitos procesales necesarios: contar con una resolución de negativa de pensión ante el organismo de seguridad social. Con esa documentación en mano, el tribunal confirmó que el actor tiene derecho incuestionable a recibir los fondos acumulados en su cuenta de ahorro para el retiro.

Además de Banamex, la sentencia también condena al Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) a devolver el saldo acumulado en la subcuenta de vivienda 1997 y las actualizaciones que se generen hasta el cumplimiento total de la orden judicial. El tribunal descartó las posibles excepciones de la demandada, estableciendo que la única salvedad sería si hubiera efectuado una transferencia a otra entidad financiera, circunstancia que no se presentó en este caso ni fue alegada en la contestación de demanda.